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Hasta 16 años de carcel (no excarcelabes)
si porta licencia de conduccion falsa.
La Licencia de Conducción es un documento público expedido por la autoridad de
tránsito, es de carácter personal e intransferible, válido en todo el territorio nacional y habilita a su titular para manejar vehículos automotores ya sean públicos o particulares. Su
falsificación o emisión ilegal son penalizadas por la ley. Aunque no existen estudios oficiales, se estima que en el país el 30% de las Licencias de Conducción son falsas.
Lo que no sabe un conductor que no expide legalmente su certificado y licencia de
conducción es que puede llegar a configurar en su contra una serie de delitos, situación que se agrava en caso de accidente con heridos o muertos.
Aquellos conductores que envían a alguien a presentar sus pruebas para el Certificado de
Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz o compran el exámen a un gestor o tramitador, incurren en el delito de suplantación de persona (uno a tres años de cárcel) y
falsificación de documento privado (uno a tres años de cárcel). Si la Licencia de Conducción que portan es falsa cometen el delito de Falsificación de Documento Público (hasta cinco años de cárcel).
Cómo en el proceso de la expedición de estos documentos falsos participan dos o más
personas (médico, suplantador, conductor y tramitador), configuran el delito de Concierto para Delinquir (cinco años de cárcel).
En caso de presentarse una victima, en medicina legal se hace una valoración completa
del conductor y en caso de encontrar restricciones graves que no le hubiesen permitido obtener su licencia (por ejemplo, visión monocular en servicio público) más la licencia
falsa y todo lo que ello conlleva, un delito que en conjuno NO es excarcelable sumado a Homicidio Culposo u Homicidio Doloso por Omisión. En este caso tanto el médico que
expidió el certificado falso, como quien suplanto al conductor, el conductor (el único que esta plenamente identificado) y tramitador responden de igual forma, llegando a
configurar un delito no excarcelable con penas que pueden superar los 50 años de carcel.
Los CRC®, invitan a los conductores colombianos a verificar si su licencia de conducción y exámen aparece en los registros del Ministerio de Transporte y de no encontrarla
expedirla en forma legal. Igualmente los conductores deben verificar que asistieron a un CRC aprobado por Mintransporte donde se le practicaron todos los exámenes, se les
tomo foto y huella. Si usted no asistió a un CRC es posible que este en riesgo por obtener su certificado en forma ilegal donde se convierte usted en responsable directo de este
ilicito. Más vale sacar este documento legalmente ya que esta condición tiene menos repercusiones legales en caso de accidente. No hay razón para tomar este riesgo por un
trámite fácil y que toma menos de una hora.
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